Es lamentable ver como personas que supuestamente nos representan, y que deben velar por el cumplimiento de la ley, la vulneren de forma tan flagrante. Hemos de partir de la base de que en primer lugar la gestación subrogada no es una técnica ilegal en España. Ilegal es aquello que viene tipificado en el código penal, lo cual no es el caso. En nuestro país, solo la ley de reproducción asistida hace una mención a la gestación subrogada, en su articulo 10, diciendo lo siguiente:
Artículo 10 Gestación por sustitución
Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto.
Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales.
Es decir, de producirse un contrato de gestación subrogada en España con una gestante (en España) este contrato seria nulo, pero sin impedir que el padre tuviese derecho al reconocimiento de la filiación dado que aporta su ADN.
No hay en nuestro ordenamiento jurídico más mención a la gestación subrogada. Por lo tanto, cuando los políticos de turno, se llenan la boca diciendo que la gestación subrogada es “ilegal”, sencillamente faltan a la verdad, o dicho de forma más prosaica: MIENTEN como bellacos. Además, España esta acatar y aplicar las sentencias del tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo que condeno a Italia, y luego a Francia por no inscribir los niños nacidos por gestación subrogada. Esta jurisprudencia es de rango supranacional, y de obligada aplicación en nuestro país. De hecho, el entonces ministro de Justicia Gallardón ( del PP), cuando Francia fue condenada, al día siguiente autorizó la inscripción de los niños nacidos por gestación subrogada procedentes de países donde no se obtiene sentencia judicial ( cada país es libre de decidir cómo considera más oportuno reconocer las filiaciones, sin que un sistema sea mejor que otro). Gracias a ello, le pese a quien le pese, todos estos años se han estado inscribiendo los niños sin problema.
Hasta que, (¿casualidad o causalidad?) con la llegada del gobierno socialista al poder, (tras una moción de censura que tenía supuestamente como objetivo la convocatoria de elecciones, y no la perpetuación en el poder durante un año), empiezan a surgir los problemas en los Consulados españoles en Kiev (Ucrania) y en Ankara (Turquía, donde se inscriben los niños nacidos en Georgia, ya que aquel país no cuenta con representación diplomática española en su territorio). Sin ánimo de aburrir al lector de nuestra gaceta “EL INFORMADOR”, debemos hacer un breve repaso de cómo ha ido avanzando esta historia hasta llegar al punto en que nos encontramos hoy.
A mediados del mes de Julio, el entonces Cónsul de España en Kiev, anuncio que , según su interpretación del nuevo reglamento europeo de protección de datos personales que entró en vigor en Marzo de 2018, él ya no se hallaba capacitado para recabar el ADN del bebé nacido y del padre comitente. Al no poder recabar el ADN (siempre según su criterio), ya no podía acreditar la paternidad, y por lo tanto no podía inscribir al niño. Ello significaba, según el cónsul, que todos los padres que tuviesen citas posteriores al 25 de Julio, ya no podrían registrar a sus bebes.
Evidentemente, aquella noticia armó un revuelo importante, ya que muchas parejas se vieron retenidas contra su voluntad en Kiev, sin posibilidad de regresar a España. Hemos de recordar que muchas parejas acuden directamente a clínicas en Kiev, sin la participación de una agencia, bufete de abogados o profesionales del sector, y que estas clínicas no incluyen en sus servicios la inscripción consular, con lo que docenas de parejas se encontraron sin apoyo ni asesoramiento. A ello hubo que añadir la crisis de la clínica Biotexcom, cuyo director fue detenido y acusado de tráfico de niños, delito contra la hacienda pública, y falsedad documental, por la fiscalía de Ucrania.
Finalmente, a ello hubo que añadir la vacante del cónsul ya que hasta finales de agosto no entró el nuevo cónsul en su cargo. Semanas y semanas que pasaban sin solución.
Antes de proseguir con el vía crucis, no podemos pasar por alto que el Consulado dijo dos soberanas tonterías:
El reglamento europeo no impide recabar el ADN. Es cierto que es un dato personal sensible, pero con la simple autorización de los padres, se podía continuar con el proceso tal como se hacía.
A veces partimos de preceptos equivocados: el cónsul nunca tuvo derecho a exigir el ADN de un padre, ya que si acudes al registro civil en España no te lo exigen (la madre cierta es, el padre “se supone”). Que las agencias aceptásemos presentar ese documento con el fin de “no ponerle pegas al Cónsul” , no quiere decir que tenga derecho a exigirlo. Por lo tanto si nunca tuvo derecho a exigirlo, que según su criterio, ahora no pueda pedirlo, no le impide hacer las inscripciones.
Pero no hizo falta que pasasen muchas horas, sin que La Agencia de Protección de datos española, nada menos que en un telediario de Televisión española ( la 1) , desmintiese el criterio del cónsul diciendo que sí se podía recabar el ADN, con ciertas garantías.
Inmediatamente el Ministerio de Asuntos exteriores salió al paso, diciendo que nunca se había dicho que la imposibilidad de inscribir a los niños, venia determinada por un problema de ADN (“que ellos nunca habían dicho eso “ ,¡ menuda desfachatez!), sino que era debido a la crisis de la clínica BIOTEXCOM, acusada de tráfico de niños ( absuelto de este delito en este momento ya que la fiscalía ha retirado ese cargo, manteniendo el de delito contra la hacienda pública y falsedad documental) , y por ello, debían velar por la integridad de las madres gestantes (¿cuándo se han preocupado por ellas antes?) Y que tenían que revisar caso por caso.
El resultado fue que solo a primeros de octubre, en un goteo constante, se inscribieron todos los niños nacidos por gestación subrogada. Siempre advirtiendo que serían los “últimos”.
Pero a menudo los deseos de los políticos, a los que saltarse la ley les suele salir gratis, y la realidad de los funcionarios de Carrera ( Cónsul, secretario del registro civil ,etc.. ) discurren por caminos distintos. El primero se puede saltar la ley, ya que difícilmente le salpicará. El segundo, si lo hace, pierde su puesto de trabajo por un periodo de entre 9 y 15 años (por prevaricación administrativa).
Así que a pesar de que se había anunciado que estos niños eran los últimos, se siguieron inscribiendo niños discretamente, sin hacer mucho ruido, dado que con la legislación vigente, sería un delito de prevaricación no hacerlo.
Por si es usted un lector profano en materia jurídica, le vamos a explicar que es la prevaricación, y la obligación de la administración pública de no actuar con arbitrariedad.
La prevaricación es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley. Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público. Dicha actuación es una manifestación de un abuso de autoridad. Está sancionada por el derecho penal, que busca la protección tanto del ciudadano como de la propia Administración. Para que este delito sea punible, debe ser cometido por un servidor o juez en el ejercicio de sus competencias.
La prevaricación, por lo tanto, consiste en el abuso de la posición que el derecho otorga al Juez o funcionario, con evidente quebranto de sus deberes constitucionales. En suma, la no aplicación de la ley o la aplicación torcida por la propia convicción personal del Juez o Magistrado o funcionario público.
Resulta evidente hasta para los ojos más profanos en la materia, que la administración está actuando de forma arbitraria, cuando durante los últimos años se han inscrito los niños nacidos en Kiev sin grandes dificultades ( más que las trabas absurdas inventadas por el Cónsul para alargar innecesariamente la estancia de los padres con la triste ilusión de disuadir a futuros padres de emprender este camino ) y ahora de pronto, sin que haya habido ningún cambio legislativo, la administración actúe en sentido contrario, no solo no aceptando la inscripción en el Consulado, sino extendiendo esta “ prohibición no escrita” a los registros civiles de España, situando a los padres y lo que es más grave a los menores nacidos, en la más grave indefensión.
La ley no se presta en este caso a posibles interpretaciones el artículo 9.3 de la Constitución, recalca que las autoridades no pueden tomar decisiones arbitrarias entendiéndose por tales, fundamentalmente, aquellas que supongan una infracción del principio de igualdad de trato de los administrados ante la aplicación de la ley y las reglas objetivamente determinadas.
Los tribunales de justicia utilizan tal principio constitucional para impedir que los poderes públicos sostengan interpretaciones arbitrarias de las normas (sentencias del Tribunal Constitucional 219/1989 y 93/1992) o resoluciones abiertamente discriminatorias (por ejemplo, sentencia del Tribunal Supremo de 19 de junio de 2002). Como dice expresivamente el Tribunal Constitucional en su sentencia 151/1986, “a la luz de lo indicado ha de concluirse que a lo largo del procedimiento administrativo los ciudadanos han sido objeto, efectivamente, de un trato desigual respecto a otros en situación similar, sin que se haya razonado o justificado el porqué de esa desigualdad. Pues no resulta admisible -ni por tanto debe considerarse justificativo de la desigualdad- que la Administración elija libremente a quiénes aplicar y a quiénes no aplicar la normativa vigente, actuación está vetada por la interdicción de la arbitrariedad contenida en el art. 9.3 de la Constitución.
Por lo tanto, y concluyendo, este principio indica la prohibición de que los poderes públicos actúen conforme a la mera voluntad de sus titulares, sin ajustarse a las normas. En el Estado de Derecho rige el imperio de la ley, a la que están sujetos todos los poderes. La arbitrariedad, la actuación sin fundamento jurídico, es propia de la tiranía. La Constitución Española (art. 9.3) garantiza la interdicción (prohibición) de la arbitrariedad de los poderes públicos, que están, al igual que los ciudadanos, sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico (art. 9.1)
Todo ello lleva al final, a que el funcionario, que es el que se juega su puesto de trabajo durante 9 a 15 años si es condenado por prevaricación, acabe de un modo u otro, inscribiendo al niño, como está sucediendo estos días.
Resulta evidente hasta para el más profano en la materia, que si hasta entonces y durante varios años, se han estado inscribiendo los niños nacidos en Ucrania, sin problema, y que no habiendo habido cambio normativo alguno, si de pronto se dejan de inscribir, el funcionario que lo deniegue esta prevaricando. Porque o prevaricaba cuando inscribía niños que no debía, o prevarica ahora cuando no inscribe a niños que si debe inscribir. Es decir: o prevaricó entonces, o prevarica ahora. 9 a 15 años de inhabilitación. Lo peor que le puede pasar a un funcionario: tener que dejar de serlo, y tener que buscarse un empleo en el sector privado. Todo ello llevó al final, a que el funcionario, que es el que se juega su puesto de trabajo durante 9 a 15 años si es condenado por prevaricación, acabase de un modo u otro, inscribiendo al niño, como estaba ssucediendo hasta el 11 de Febrero.
No obstante, dado que no podían impedir la inscripción, se les ocurrió otra treta (antes de llegar al presente). No puedo denegarte la inscripción, porque automáticamente me podrías denunciar por prevaricación... Pero sí que puedo hacer lo siguiente... darte hora en el consulado... ¡para dentro de 4 meses! , periodo durante el cual tu tendrás que quedarte en ucrania, posiblemente pierdas tu empleo, y te costara una fortuna. Así, padres que solicitaba hora al consulado en Diciembre de 2018, vieron como les daban cita para él ¡14 de abril de 2019! No ha hecho falta llegar al 14 de abril de 2019.
El 11 de Febrero de 2019, en el registro civil de Madrid, se deniega la primera inscripción. No la inscripción, sino el derecho a presentarla. El secretario aduce “haber recibido instrucciones” y que a partir de ahora no registrará más niños nacidos en Ucrania y países sin sentencia judicial. No era una situación aislada. El 13 de febrero, el Consulado deniega las 5 primeras inscripciones alegando que son gestaciones subrogadas, y que al carecer de sentencia judicial, tal como exige la circular de la DGRN (dirección general de registros y notariado, de quien dependen las secciones consulares del registro civil central de Madrid, donde se inscriben todos los niños nacidos por gestación subrogada), no pueden inscribir los niños.
Evidentemente, ello armó un enorme revuelo entre los más de 30 padres afectados (y el numero va en aumento cada día) que empezaron a manifestarse (faltaría más) ante el Consulado, quien les llegó a denegar la entrada a pesar de ser ciudadanos españoles.
Sin embargo el viernes 15 de Febrero, la crisis parecía solucionarse y además de forma definitiva. La DGRN, emitía una nueva instrucción, modificando la de 2010, incluyendo a partir de ahora la posibilidad de inscribir los niños nacidos por gestación subrogada de países que no expiden sentencia, utilizando la prueba del ADN. Evidente. Es lo que se venía haciendo desde hacía años, y sencillamente, por fin, se plasmaba por escrito.
Pero la alegría duró poco. El sábado la Ministra de Justicia Delgado, evidentemente contraria a la gestación subrogada, paralizó la instrucción porque “no habían tenido en cuenta su criterio”.
Y vuelta otra vez a no inscribir los niños.
Curiosamente, el Ministerio de asuntos exteriores, de quien depende la DGRN, y que es quien tiene “la patata caliente” de los padres enfadados, emitió el domingo ( ¡un domingo!) el siguiente comunicado:
En el parecía desautorizar o mostrarse molesto por la actitud de la Ministra, recordando a los cónsules, quien es su jerarquía superior, la DGRN.
A pesar de ello el lunes 25 las cosas seguían igual. Y en el consulado no se inscribían bebés. Sin embargo, frente a la posición oficial, la realidad es la siguiente:
La vanguardia. Javier Ricou , 19/2/19
“A las nueve de la mañana de ayer una veintena larga de esas familias volvieron a concentrarse ante las puertas de la oficina consular de Kíev. Estuvieron ahí hasta las dos de la tarde, sin que les dejaran entrar en esas dependencias. Y por la tarde, confirmaron ayer Ana y Amador (dos de los afectados), llegó la tercera rectificación del Gobierno con este tema en los últimos cuatro días.
“Nos ha llamado el secretario del cónsul uno a uno para citarnos entre mañana (por hoy) y el viernes. Nos ha dicho que vayamos con la madre gestante y el bebé para tramitar la inscripción”, anuncia Amador. Se calcula que han sido citadas un total de 28 familias y esos padres y madres confían (les cuesta tener esperanzas plenas ante tantas subidas y bajadas en esa montaña rusa) que esta sea la cita definitiva. Una vez inscritos los bebés, esas parejas podrían regresar a sus casas esta misma semana si se les facilita, como se les llegó a prometer días atrás, un salvoconducto. Si tienen que esperar a la entrega del pasaporte del bebé en Kíev, la estancia en Ucrania se prolongaría un par de semanas.”
Por lo tanto, los niños se están inscribiendo. No sabemos si es solo para “sacarse de encima” a las 30 familias bloqueadas ( seria una actitud estúpida porque el mes que viene tendrán 50 más). Pero es evidente que los funcionarios saben que han de cumplir la ley. Y la ley establece que estos niños se han de inscribir. Asi lo establecen las sentencias del tribunal europeo de derechos humanos de Estrasburgo, y nuestro tribunal Supremo en España, que reconoce el derecho a la inscripción si se aporta el ADN.
La política y la ley no van siempre cogidas de la mano. A veces intereses espurios, motivados por un intento de permanecer en el gobierno, intentado captar un voto feminista contrario a la gestación, hace que algunos políticos (afortunadamente no todos), violen las leyes del país, sabiendo que no les pasará nada. Porque aunque debido a la demanda interpuesta en Estrasburgo por estos padres, España acabe siendo condenada, la Ministra Delgado no tendrá consecuencias ni perderá su cargo público.
Parece ser pues, que hoy (20/2/19, momento en que se redacta este comunicado) quedará resuelto el problema.
La vanguardia. 20/2/19
El Consulado en Kiev inscribe a los 39 bebés de gestación subrogada de las familias españolas bloqueadas en Ucrania
“El Consulado de España en Kiev (Ucrania) ha comenzado este martes 19 de febrero a facilitar salvoconductos a las familias a las que denegó la inscripción en el Registro Civil de sus bebés nacidos por gestación subrogada en este país, como una medida extraordinaria, según han informado a Europa Press fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Esta decisión afecta a 39 menores.
El Consulado de España en Kiev (Ucrania) ha comenzado este martes 19 de febrero a facilitar salvoconductos a las familias a las que denegó la inscripción en el Registro Civil de sus bebés nacidos por gestación subrogada en este país, como una medida extraordinaria, según han informado a Europa Press fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Esta decisión afecta a 39 menores.
A partir de ahora, los familiares de los niños que nazcan por esta técnica deberán solicitar el pasaporte ucraniano para salir del país porque la Embajada española ya no autorizará nuevos expedientes de inscripción, después de que el Ministerio de Justicia dejara sin efecto una instrucción del pasado viernes 16 de febrero que permitía el registro mediante pruebas de paternidad.
Las mismas fuentes, han indicado que esta decisión responde al principio de seguridad jurídica y del interés superior de los menores y que, por ello, la Embajada en Ucrania va a completar los procesos de los 39 pendientes de los bebés ya nacidos conforme al comunicado del Ministerio de Justicia de dar una solución a quienes se había visto perjudicados por este cambio.
Además, desde Exteriores han señalado que con el fin de acelerar los expedientes pendientes se va a enviar a un funcionario diplomático para reforzar la atención consular mientras que la Embajada de España en Kiev está realizando gestiones con las autoridades ucranianas para que, dentro de la legalidad, faciliten el documento de viaje o pasaporte para estos menores en lo sucesivo.
Por último, han apuntado que la Embajada lamenta los perjuicios que haya podido ocasionar esta situación, pero también recuerdan que ya desde 2016 el Ministerio de Asuntos Exteriores ya desaconsejaba de forma clara recurrir a estos procesos de gestación subrogada en Ucrania, donde la Fiscalía de este país investiga posibles casos de tráfico de menores en una clínica.
"Nuestra hija ya es ciudadana española", han celebrado en declaraciones a Europa Press Ana y Fernando, los padres de una niña nacida por un proceso de gestación por sustitución en Ucrania, que se encontraban "atrapados" junto a otras 30 parejas, a las que la pasada el Consulado les denegó el registro de los menores por no presentar sentencias judiciales de filiación paterna.
Según han indicado Ana y Fernando, para emitir este salvoconducto el Consulado ha inscrito previamente a su hija en el Registro Civil español. Si bien han señalado que todo este proceso "ha sido muy duro", también afirman que "ha merecido la pena". A partir de ahora, ya pueden salir de Ucrania con la niña.
Los que nazcan a partir de ahora --hay decenas de familias inmersas en estos procesos en Ucrania-- tendrán como única vía para salir del país la solicitud del pasaporte ucraniano del menor. Ya en España, el padre, que es el que aporta la carga genética, deberá obtener una sentencia de filiación de un tribunal español y su cónyuge iniciar un proceso de coadopción. La principal diferencia con la inscripción directa en la Embajada es que este proceso dura varios meses.”
No obstante, dado que el Consulado aduce que va a expedir los salvoconductos a las 39 familias, previa inscripción en la sección consular del registro civil de Madrid (¿no habíamos quedado en que no se podía según ellos? ¿Vuelven a prevaricar? en previsión de posibles futuras actuaciones de esta índole, GESTLIFE ha arbitrado otras soluciones por si no se llegaba a solucionar por la vía correcta.
La alternativa (que en su día propuso el consulado), de conseguir la nacionalidad ucraniana de los bebés representaba un problema, y era que se tardaba 3-4 meses en conseguir el pasaporte. Por lo tanto, por una vía u otra los padres tendrían que estar 4 meses en el país. Gestlife ha conseguido reducir ese plazo a 5 semanas. Por lo que de producirse nuevos episodios como éste (esperemos que sea la última vez), tenemos la solución para poder salir del país e inscribir al niño directamente en el registro civil en España.
Si el registro civil se negase (lo que conllevaría una querella por prevaricación promovida por este despacho), se procedería a un procedimiento de filiación. Todos los procedimientos de filiación se han ganado, ya que la jurisprudencia es tajante: los niños se inscriben si o si porque son hijos de un español. Finalmente, permítanos guárdanos un as más en la manga y no mostrar nuestras cartas al adversario, ya que hemos arbitrado la solución definitiva, pero solo la usaremos en caso necesario.
No nos dejemos engañar. En realidad no estamos discutiendo de leyes. De si toca o no inscribir. Estamos desde hace un año en pre-campaña electoral Sencillamente el gobierno actuad de esta manera para meter miedo a los padres. Acusándoles de tráfico de niños o de órganos (cuando no se ha dado ni un solo caso), arremetiendo contra las agencias amenazando con perseguirlas legalmente (olvidando que aproximadamente un 50% de los padres que van a ucrania lo hacen sin agencia, y si algún día las agencias desaparecen, los padres seguirán acudiendo a ucrania para lograr ser padres.
Hoy hemos sabido que el consulado “ interroga “ a las gestantes para saber quién las contrató, si hubo una agencia, cuanto cobraron, cuestiones que, tratándose de una ciudadana ucraniana, competerían a las autoridades ucranianas pero nunca a un Consulado. ¡Incluso les hace firmar un documento haciéndoles decir que han cobrado por hacer la renuncia que exige el consulado, intentado crear alguna sombra sobre el proceso de pago de la compensación económica! Parece ser que la inquisición no se abolió cuando nos lo dijeron y se busca petróleo donde no lo hay,
Llegados a este punto, permítannos arrojar una lanza en favor de las “agencias”. El gran argumento de la Ministra Delgado y sus acólitos es que las agencias se lucran. Podríamos así decir también entonces que todas las clínicas de fertilidad del mundo se lucran con la desgracia de los padres que no pueden serlo por medios propios, y evidentemente, afirmar eso sería un verdadero despropósito. Nos parece de una hipocresía supina, cuando para hacer una adopción internacional (algo que los distintos gobiernos han convertido en una “misión imposible”) es obligatorio y preceptivo pasar por una ECAI (entidad de colaboración para la adopción internacional), entidad supuestamente sin ánimo de lucro pero que te cobra entre 30.000 y 35.000 euros. Un proceso de gestación subrogada en ucrania,
dependiendo de las agencias o clínicas que contrates, cuesta entre 40.000 y 50.000 euros. Dentro de ese precio, está la compensación de la gestante (entre 15.000 y 20.000 euros) y el proceso medico (entre 12.000 y 15.000 euros), conceptos que evidentemente una ECAI no tiene. ¿Quién se lucra pues más, LA ECAI (y que conste que no tenemos nada contra la labor de las ECAI, que son necesarias, solo las citamos como contrapunto a la hipocresía de los políticos) que cobra 30.000 euros por algo que debería ser gratuito (buscar familias para niños huérfanos), o las agencias que tienen que hacer frente a todo tipo de gastos para los padres? Si para hacer una adopción internacional, algo totalmente regulado entre dos estamos, creen que es imprescindible la participación de profesionales que asesoren y guíen a los futuros padres ¿en una gestación subrogada, algo cien veces más complicado, que incluye una parte médica, una parte jurídica con leyes contradictorias, y una importante fase logística, los padres tiene que ir en solitario sin la ayuda de profesionales que velen por sus derechos?
Ahora tenemos elecciones generales el 28 de abril. Un gobierno que nadie eligió, un presidente que ningún ciudadano votó, tendrá que someterse al escrutinio democrático de los ciudadanos. Ya sabemos lo que opinan y cuáles son sus planes. En distintos foros, ya han campaña contra el partido socialista entre los padres de gestación subrogada. Ciudadanos está a favor, aunque se centran en la gestación altruista, algo que se ha demostrado no funciona en ninguno de los países donde se ha implantado. Recientemente Canadá, paradigma de la gestación subrogada altruista, está redactando un proyecto para modificar la ley, de modo que la gestante pueda recibir alguna compensación.
Todos estamos contra la explotación de las mujeres. Regulación de la gestación subrogada para que se garanticen los derechos de las gestantes y los intervinientes, si, prohibición no. Tenemos una larga experiencia de a donde llevan las prohibiciones, cuando los ciudadanos, si o si van a seguir adelante en su deseo de ser padres.
No debemos permitir que un “político” al que nadie ha escogido que solo vela por su silla a cualquier precio, incumpliendo las promesas electorales que hizo (“convocaré elecciones si me votan como presidente”, “yo no gobernaré a golpe de decreto ley porque eso es quitarle la soberanía al congreso”, etc...), para después gobernar a golpe de decreto ley, secuestrando al parlamento su función, dictamine nuestro destino.
Los que somos padres, y los que lo vais a ser, no debéis permitir que un político que vulnera la ley rija vuestros destinos. Porque si hoy viola estas leyes, ¿cuál será el límite? ¿Cuál será la siguiente ley que viole?¿Algún otro derecho fundamental como que nuestros hijos, hijos de españoles, sean españoles?
La ley es la ley y está hecha para cumplirse. A veces no nos gusta. Pero está ahí para cumplirse. Y hoy en día ya no es solo la ley de un país, sino que estamos obligados a adaptar las normas europeas, y someternos a la jurisprudencia de los Tribunales de la UE. Y los políticos, deben ser los primeros en cumplirla. Y si no lo hacen, hay que demandarles.
Pero en ningún caso, hay que permitirles que ellos sean los que decidan sobre nuestro derecho a ser padres o no serlo.
Antoine de saint exupery, el autor del cuento “el pequeño príncipe” ( o “el principito”) decía que:
“A menudo, cuando seguimos una estrella, nos perdemos en los problemas de escalada de la montaña, y nos olvidamos de la estrella que seguíamos”.
En la gestación subrogada, como en la vida, no debemos olvidar la estrella que seguimos: ser padres. Y quien vulnere nuestros derechos para lograr serlo, debe pagar por ello.
Hagámonos una pregunta: si alguna vez habíamos pensado en la adopción internacional, estábamos dispuestos a pasar por cursillos interminables, la inspección inquisitorial de asistentas sociales, que debían determinar nada más y nada menos que si éramos idóneos para ser padres, para después pasar 2-3 años ( o a veces mas ) en una espera de resultado incierto... ¿ de verdad nos vamos a amilanar y vamos a retroceder porque nos pongan en un momento dado trabas para inscribir a nuestros hijos en el registro civil, trabas que tienen al fin y al cabo tienen solución y acaban con la inscripción de nuestros hijos en el registro civil, como un español más?
Cuando algún futuro padre nos dice que abandona la idea de serlo por lo que lee en los periódicos nos duele en el alma. Y no es porque nosotros perdamos “un cliente” (nosotros no tenemos clientes, tenemos padres como nosotros que luchan por serlo). Afortunadamente nuestro grupo opera en 7 países con padres de 14 nacionalidades, así que el colectivo de clientes españoles no es determinante entre nuestros padres. Nosotros puede que hayamos perdido “un cliente”. Pero él ha perdido la ocasión única de ser padre, por ceder a la vulneración de sus derechos. Y eso es inadmisible para los que nos dedicamos de una forma u otra al mundo del derecho.
Tampoco tenemos temor alguno a la “persecución” anunciada. Desarrollamos una actividad de asesoramiento lícita en nuestro país, dado que nuestra empresa no comercializa procesos de gestación subrogada. Con transparencia y absoluta legalidad en todas las partes del proceso y de los pagos. De ello se encargan las filiales del grupo en países donde es absolutamente legal. Tenemos pues derecho legal a asesorar, le pese a quien le pese.
Finalmente, permítanos hacer una reflexión final. Lamentablemente, esta reflexión se la hacemos a muchos padres, pero siempre cae en saco roto. Cuando un estado vulnera tus derechos, hay que denunciarlo, y llevarlo hasta el final. Cueste lo que cueste. Gracias a que ciudadanos franceses denunciaron al estado francés, durante estos últimos años se han podido inscribir sin grandes problemas los niños en España. Pero los ciudadanos españoles somos muy dados a que cuando nos encontramos una piedra en la carretera, si conseguimos sortearla, pensamos “el que venga detrás ya la quitará”. El problema es que el que viene detrás piensa igual, y así sucesivamente. Si los padres que tuvieron los problemas en Julio, y vieron vulnerados sus derechos, hubiesen demandado a las autoridades españolas al regresar a España, muy probablemente no estaríamos hablando de estas cosas. Tenemos al fin y al cabo los gobernantes que nos merecemos, porque les permitimos seguir actuando contra la ley y nuestros derechos fundamentales.
Rogamos sepa disculpar la extensión de este ejemplar de “EL IMFORMADOR”, pero creemos que de una vez por todas era necesario poner el punto sobre las íes.
Concluimos diciendo que los padres que acuden a nosotros lo hacen para tener seguridad. Para saber que si surgen problemas, aportaremos soluciones. Tal como venimos haciendo cada año para más de 250 padres satisfechos. En Gestlife contamos con oficina propia, con más de 40 empleados propios en nuestra oficina de Kiev. Con una clínica propia de gestación subrogada en Kiev (no somos simples intermediarios de una clínica a la que mandar clientes a cambio de una comisión). Y eso marca la diferencia. Soluciones concretas, a problemas concretos. Mientras otros debaten como sacar legalmente a un niño de ucrania en 3-4 meses, nosotros lo hacemos en 5 semanas.